Normas NF p 99-611

Accesibilidad

Se considera disponible a las personas minusvalida y a mobilidad reducida todas instalaciónes ofreciendo a estas personas especialmente a las personas usan las sillas de ruedas, la posibilidad de penetrar en las instalaciónes y de mudarse alli e para salir de las instalaciónes con condiciónes de funcionamiento normal y disfrutar de todos los beneficios que se ofrecen al público para que la instalación se ha diseñado. Los sistemas de apertura deben ser accesibles (Sin la necesidad específica del dispositivo) a una altura desde el suelo de 1,10 m hasta 1.30 m.

Con esto en mente, se debe tener en cuenta las dimensiones - servicio de dotación de silla de ruedas, que se corresponden con la silla de ruedas ocupada por una persona con discapacidad, a saber:

- Longitud: 1,25 m (incluyendo pies),
- Ancho: 0,75 m (manos y codos incluidos, ver NF P 91-201).

NOTA : Debe tenerse en cuenta que la disposición interior de la sala para el espacio de la silla de ruedas puede ser utilizada por un carro para bebe, equipaje…

Todos los sitios equipados deben incluir por lo menos una instalación (En general una instalación simple o módulo sanitario) accesible, indistintamente a todas la personas hombres y mujeres que son válidos o que se desplazan en silla de ruedas, y situado en lo largo de un camino accesible conforme con las normas P98-350.

En el caso, de justificar, donde las restricciones de seguridad y calidad ambiental inducidos por la elección del lugar no permite la ejecución de un problema de salud al alcance de todos, será posible implementar un sanitario con dimensiones mas reducidas dependiendo que hay un sanitario accesible a todos en las mismas condiciones de uso y de lo mismo horarios de apertura.

Las funciones de accesibilidad están basados en los requisitos más estrictos es decir, aquellos que cumplen con las necesidades de la persona en una silla de ruedas.. Por lo tanto, son compatibles con los requisitos establecidos para las personas con discapacidad. En el caso de sanitarios mixtos o diseñado específicamente para los hombres o las mujeres, cada bloque deberá incluir al menos uno de la salud al alcance de todos en las siguientes proporciones:

Hombres o Mujeres:

- De 2 hasta 10 sanitarios : 1 debe ser accesibles,
- 11 y más : 1 accesible de cada 10 o fracción de 10 adicional.

Los aseos accesible a las personas discapacitadas no se añaden al total de los aseos. Por lo tanto, no deben ser reservados de forma rutinaria para el uso de estas personas. Adaptado no es sinónimo de reservados y deben preservar el uso de estos equipos de autoservicio.

Taza de aseos

El eje de la taza correspondiente al eje de los asientos deberá estar situado a una distancia de 0,50 m del fondo 0,40 m de la pared lateral. La altura del asiento deberá ser accesible sanitaria 0,47 m +/- 0,010 m, tazas incluidas. Para los otros aseos, la altura de asiento fuera de la taza es de 0,39 m +/- 0,010 m.

Barra de apoyo

Las barras de apoyos se recomiendan fuertemente para permitir un mejor uso de lugar y para traer un suplemento de seguridad. Implantación : 0.75 m del suelo.

Accesorios

- Perchas,
- Porta rollos, bolsas higiénicas, jabones etc.,
- Las aperturas de las papeleras,
- Los secadores de mano,
Debe ser situado entre 0,40 m y 1,30 m por encima del suelo.

- Los bajos de los espejos deben estar situados al máximo a 1,05 m del suelo.

Aseos simples siempres conectables se compone de:

- Módulos sanitarios más completos que se pueden conectar,
- Los siguientes casos: módulos mixtos (hombres y mujeres), módulos para los hombres, módulos para las mujeres,
- De pared,
- Instalaciones separadas: por lo menos un lavabo y al menos un secador de manos.

Bloque sanitario completo todavía conectable se compone de:

- Un bloque de sanitarios sencilla,
- Al menos un espejo,
- Al menos un espejo.

NOTA : La ausencia de cajones, permitiendo de dejar objetos personales, esta justificada para prevenir contra usos undebidos.

Especificación funcional

Los requisitos esenciales que figuran en la clasificación se definen a continuación. Son el reflejo de las condiciones actuales de organización y mantenimiento tal como se presentan en la norma NF P 99-650.

Anchos de paso

Si los baños son accesibles a través del espacio con vistas a la calle, este espacio debe tener una profundidad de 1,40 y una puerta de anchura al mesnos de 0.90 m. Las puertas de los aseos endrán una anchura de al menos 0,80 m (correspondiente a una anchura de transición que está libre de obstrucciones anchura de al menos 0,77 m).

Si los baños se encuentran en fila cada uno debe abrir un ancho pasillo de al menos 1,40 m, este corredor en sí es accesible desde la calle por una puerta con una anchura al menos igual 0,90 m.

Para garantizar la seguridad del usuario, las puertas de cada uno de los baños deben tener un receptáculo que no deben desplegar al interior y deben ser bloqueados desde el interior. En todos los casos, ellos seran bloqueados del exterior y unicamente con el ayuda de una heriamienta especifica.

Superficies - Áreas de uso - El área de movimiento

La superficie mínima de la salud accesible que tiene un receptáculo debe cumplir con los valores mínimos indicados es decir, de 1,40 mx 1,80 m, de acuerdo con las normas internas impuestas a una profundidad de 1,30 m, medida desde la parte inferior local.

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